¿Qué Activos Se Pueden Regularizar?
Según Cáceres, el régimen permite la regularización de una amplia gama de bienes, tanto nacionales como extranjeros, entre ellos propiedades, vehículos, inversiones en el exterior y criptomonedas. Específicamente para las criptomonedas, el Decreto N° 608/2024 define un criterio de territorialidad, indicando que aquellas bajo custodia de un proveedor de servicios de activos virtuales al 31 de diciembre de 2023 se consideran bienes del país.
Beneficios de Adherir al Régimen
Formalización y Seguridad Jurídica: Cáceres subraya que este régimen facilita la formalización de activos que podrían estar fuera del sistema financiero, proporcionando una mayor seguridad jurídica a los contribuyentes.
Incentivos Impositivos: El régimen ofrece condiciones impositivas preferenciales, tales como alícuotas reducidas y facilidades de pago, lo que lo convierte en una alternativa mucho más atractiva que las sanciones que podrían imponerse por no regularizar.
Oportunidad Temporal: Este régimen es temporal, y Cáceres resalta que el plazo para optar por el blanqueo y transferir criptomonedas a un proveedor de servicios habilitado finaliza el 30 de septiembre de 2024, haciendo de esta una oportunidad única.
Valuación de las Criptomonedas: Un Desafío Complejo
Cáceres también menciona uno de los aspectos más complejos del régimen: la valuación de las criptomonedas. Según el artículo 27.1 del paquete fiscal, estas deben valorarse al mayor entre su valor de mercado y su valor de adquisición. No obstante, la alta volatilidad de las criptomonedas y la falta de un mercado único hacen que esta valuación sea difícil.
Para mitigar estas complicaciones, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido un dictamen sugiriendo que se use el costo de adquisición como referencia, lo que incluye intereses y actualizaciones. Cáceres considera que esta medida es fundamental para ofrecer claridad y evitar interpretaciones erróneas debido a las fluctuaciones en el valor de las criptomonedas.
Conclusión
El abogado Juan M. Cáceres concluye que el régimen de regularización de activos establecido por la Ley N° 27.743 y el Decreto N° 608/2024 representa una excelente oportunidad para los contribuyentes argentinos que buscan ordenar su situación fiscal y patrimonial, especialmente en relación con las criptomonedas. Sin embargo, Cáceres recomienda que, debido a la complejidad de la normativa, se busque el asesoramiento de un profesional para tomar decisiones informadas y seguras.