El boom de las cripto en Uruguay y todo Latinoamérica está a la orden del día: con el creciente número de usuarios y un flujo cada vez mayor de operaciones y emprendimientos emergentes, la comunidad latinoamericana en el mundo cripto es cada vez mayor. Así, surgen los primeros y novedosos encuentros entre la realidad más tangible, con sus leyes y regulaciones, y la virtualidad, a la que poco a poco y en el correr de las situaciones, gobiernos e instituciones estatales del mundo comienzan a adaptarse.
Un ejemplo concreto de ello ocurre actualmente en Uruguay, en el que sitios inmobiliarios especializados practican la compra y venta de propiedades inmuebles por criptoactivos, una tendencia creciente en Latinoamérica y en el mundo, que se realiza aún de manera experimental, operando en los vacíos legales de las políticas económicas y fiscales.
La regulación impositiva de las cripto en Uruguay
A raíz de un proyecto de inversión, una escribanía pública uruguaya realizó una consulta a la Dirección General Impositiva (DGI) -Organismo estatal encargado de la recaudación y fiscalización en el país- en función de conocer los costos impositivos y la categoría fiscal que un negocio de estas características podría obtener.
En respuesta a la consulta, la DGI comprendió que se trataba de una operación que intercambiaría un bien inmueble corporal por un bien incorporal (las criptomonedas). Con esta resolución, la operación no puede ser catalogada como una compraventa, ya que como lo explica el código civil del país, en una operación de compraventa debería obtenerse un bien por un precio en dinero, y las criptomonedas no tienen el estatus legal de ‘’dinero’’.
En cambio, la DGI se refirió a este tipo de operaciones con criptomonedas como ‘’permuta’’, dado que se trata de un intercambio de ‘’una cosa por otra cosa’’. Respecto a la situación impositiva, en una situación de estas características, operaría el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) -basado en el valor del inmueble y la cotización de la criptomoneda en cuestión- y el Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP) -en el cual se ejecuta un monto impositivo respecto al valor del inmueble-.
Esta noticia toma relevancia en un contexto en el que en Uruguay las criptomonedas cuentan con un estatus legal indefinido, operando en un marco de vacío legal para las operaciones financieras que se realicen con criptodivisas. En este caso, el negocio inmobiliario uruguayo marcó precedente en el país respecto al estatus impositivo que adoptarán las transacciones con criptomonedas. Poco a poco, las entidades estatales se ven forzadas a ampliar sus políticas para incluir a esta creciente tendencia de las cripto a establecerse como patrón para las operaciones financieras.
Antecedentes de las cripto en el país
Las cripto en el país uruguayo ya cuentan con antecedentes de intentar convertirse en un mecanismo de pago, inversión y comercialización válido. En este sentido, en el mes de agosto del 2021, el senador Sartori presentó un proyecto de ley para regular el uso de estas divisas en el país, y poder realizar transacciones y operaciones financieras en un marco legal.
Además, pensando las criptomonedas como política financiera, en Uruguay se lanzó en el año 2014 un programa piloto estatal realizado por el gobierno uruguayo, con el fin de adoptar una moneda digital propia para los usuarios de la banca estatal.
Lo llamaron el ‘’e-peso’’, y se presentó en forma de una app que los usuarios podían descargar en sus smartphones. El programa tuvo una relativa efectividad, respecto a las facilidades que entregaba a sus usuarios, su impacto positivo en la inclusión financiera y el buen manejo del diseño del aplicativo que no presentó glitches técnicos.
Los e-pesos eran activos únicos y rastreables, características que se veían como claves para su regulación y preventivas para su posible falsificación. Al final de la prueba piloto, luego del experimento semestral, y los e-pesos perdieron su curso legal y fueron devueltos al proveedor.
Nuevas luces para el mercado de Latinoamérica
Con movimientos de criptodivisas cada vez mayores en esta parte del mundo, el mundo cripto comienza a tomar fuerza en estas latitudes del planeta. No solo en los emprendimientos y negocios emergentes relacionados a la tecnología, sino también en las operaciones históricamente regidas por la economía Fiat, como es el caso del sector inmobiliario e hipotecario, que representó siempre un brazo fuerte de las entidades bancarias y los gobiernos del mundo.
En esa clave ocurrió, por ejemplo, la caída de la bolsa de valores estadounidense en el año 2008, en el que los precios de negocios inmobiliarios marcaron el ritmo en la economía nacional, dando inicio a una crisis hipotecaria, e influyendo fuertemente en una recesión económica mundial en ese mismo año.
La economía descentralizada que proponen las criptomonedas rige ahora a paso fuerte los negocios de un número cada vez mayor de usuarios en todo el mundo, y todo pareciera indicar que estamos en la antesala -o más bien, en los inicios- de un movimiento de traslado hacia el uso de criptomonedas para las operaciones inmobiliarias y financieras en general.
Y tu, que piensas, ¿Podrán los gobiernos e instituciones estatales de Latinoamérica estar a la altura para regular un mercado cripto cada vez de mayor expansión?
Fuentes:
New and evolving financial technologies implications for monetary policy and financial stability in Latin America – Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) – 05/2019
https://flar.com/sites/default/files/
Qué dijo la DGI sobre las operaciones inmobiliarias con criptomonedas – diario El Observador – 14/09/2021
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