A través de dos circulares publicadas en su página web, la Comisión de Valores y Futuros de Hong Kong (SFC), ha anunciado nuevos planes y parámetros con respecto a la regulación de la industria de la criptografía, en donde describen los nuevos lineamientos para los intercambios de cifrado, así como los administradores de la cartera de activos de criptografía, los intermediarios y los distribuidores de fondos.
En la primera circular publicada, la SFC de Hong Kong inició definiendo un activo virtual como una representación digital de valor, que también se conoce como «criptomoneda» , «crypto-asset» o «token digital».
Seguidamente, luego de detallar aspectos de los activos virtuales, SFC explicó los riesgos asociados a la inversión en esta clase de activos, como la valoración, volatilidad y liquidez, Contabilidad y auditoría, ciberseguridad y custodia segura de activos, integridad del mercado, riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, conflictos de interés y fraude, explicados en plenitud en el documento.
Por otro lado, el SFC señaló el marco regulatorio existente, el cual servirá de guía para las partes interesadas de la industria, donde destacan procesos como el alcance de la supervisión del ente, así como el proceso para la otorgación de licencias.
SFC evaluará si la empresa es capaz de cumplir con los estándares regulatorios esperados. Si la empresa no cumple con los términos y condiciones propuestos, su solicitud de licencia será rechazada. Se requerirá que las corporaciones con licencia que no cumplan con la ley desenrollen sus carteras criptográficas dentro de un período de tiempo razonable.
«Si el SFC otorga una licencia a un operador de plataforma calificado, impondrá las condiciones de licencia adecuadas y el operador procederá a la siguiente etapa de la caja de arena», detalló el SFC, además de explicar que esto significaría informes monitoreos y revisiones más frecuentes.
«Después de un período mínimo de 12 meses, el operador de la plataforma de negociación de activos virtuales puede solicitar a la SFC la eliminación o variación de algunas condiciones de licencia y salir de la zona de pruebas. Las condiciones de licencia (y los términos y condiciones) impuestas en esta etapa se harían públicas de la manera habitual», se describe en el texto.
La segunda circular, aborda a intermediarios autorizados y no autorizados que distribuyen fondos criptográficos, que están obligados a cumplir con el Código de conducta de SFC. «Específicamente, los intermediarios deben garantizar que la recomendación o solicitud realizada sea adecuada para los clientes en cualquier circunstancia», enfatizó el regulador.
Los intermediarios también deben proporcionar a sus clientes toda la información necesaria para tomar decisiones de inversión informadas «de manera clara y fácilmente comprensible». Además, el SFC explicó que deben realizar la debida diligencia sobre el administrador del fondo, el propio fondo y las contrapartes del fondo. El ente de Hong Kong puntualizó en el texto:
«Se recuerda a los intermediarios que implementen sistemas y controles adecuados … antes de que se comprometan en la distribución de fondos de activos virtuales. De lo contrario, puede afectar su aptitud física y su habilidad para seguir siendo licenciado o registrado y puede resultar en una acción disciplinaria por parte de la SFC»
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