El día de hoy fue publicado en Gaceta Oficial el Decreto Constituyente Sobre el Sistema Integral de Criptoactivos en Venezuela bajo el N° 41.575.
Sobre la aplicación del Decreto podría abarcar servicios de intercambio ampliamente conocidos en Venezuela como localbitcoin al mencionarse en el artículo 3 lo siguiente:
Este Decreto Constituyente tiene como ámbito de aplicación los bienes, servicios, valores o actividades relacionados con la constitución, emisión, organización, funcionamiento y uso de criptoactivos y criptoactivos soberanos, dentro del territorio nacional, así como la compra, venta, uso, distribución e intercambio de cualquier producto o servicio derivado de ellos y demás actividades que le sean conexas.
En el documento publicado trae en su artículo 30 que las personas naturales y jurídicas que pretendan desarrollar alguna actividad involucrada en la prestación de servicios o ser proveedores de bienes en alguna de las actividades reguladas por la Superintendecia Nacioanl de Criptoactivos y Actividades Conexas (SUNACRIP) están obligados a inscribirse en los registro de dicha entidad lo cual supone un cambio; debido a que anterior a la Gaceta 41575 era de carácter voluntario.
Además se contempla en el artículo 42 dedicado a las infracciones y sanciones; multas equivalentes entre 100 y 300 criptoactivos soberanos; definidos en la propia Gaceta Oficial como un Activo digital emitido y respaldado por la República Bolivariana de Venezuela, bajo la denominación específica que a tal efecto se le confiera. Aquellos que suministren información falsa también podrán ser objeto de multas equivalentes entre 50 a 100 criptoactivos soberanos.
Puede leer aquí la Gaceta Oficial
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