La sociedad ha avanzado sobre las tecnologías disruptivas, entre otras, las criptomonedas, en tanto y en cuanto también crean una nueva forma de propiedad. Esta propiedad que ejerce cada usuario sobre sus criptomonedas, lo es, a través de llaves públicas y privadas. Las criptomonedas están en la blockchain, en un espacio transfronterizo, pero al que tenemos acceso de manera transparente, rápida y fácil.
Esa propiedad que tenemos sobre nuestras criptomonedas, dependen a su vez de la manera en que sean almacenadas o modo en que las guardemos.
Sin embargo, la titularidad de las llaves que son secretas, e incluso a veces la elección del anonimato, pueden impedir de alguna manera el acceso al patrimonio de determinada persona, alterando ciertas reglas que impone el derecho. Como por ejemplo: el patrimonio conyugal, el acervo hereditario, una medida cautelar, entre otras.
El usuario puede elegir entre un exchange centralizado, o descentralizado, y también puede elegir donde guardar sus criptomonedas, es decir escoger el tipo de monedero o billetera, una opción es tenerlas a merced de un exchange, el que custodiará las criptomonedas que adquiera cada uno de sus usuarios, o la otra opción es tenerlas bajo nuestra propia custodia y acceder a esta billetera en todo momento sin intermediarios.
También es importante destacar, que las exchanges centralizadas deben pasar por los controles del fisco de cada estado, como las reglas de “conoce a tu cliente”, disposiciones de precaución de lavado de dinero.
Por último la diferencia entre la llave pública, que es aquella “dirección digital” o “cbu” que uno envía a otra persona para que nos depositen los fondos e ingresen esas criptomonedas a nuestro poder, y el otro concepto, es el de la llave privada, que es la que otorga privacidad a los fondos de cada uno, como la llave de una caja fuerte, donde solo quien la crea tendrá el acceso.
Hecha esta introducción, podemos ver que el ecosistema cripto ha crecido de tal manera que ofrece hoy distintas formas de adentrarse a este mundo. Una de las opciones que están apareciendo en el mercado, es aquella en la que una persona o empresa constituida ofrece a otra persona o cliente, una modalidad de inversión, con altas tasas de ganancias y rendimientos, te solicitan dinero en efectivo, solicitan que esa persona o cliente ya involucrada acerque a más gente a esta inversión, para que se involucren en el fondo financiero, en fin, la llamada empresa piramidal.
Así habría sucedido con “Adhemar Capital” esta empresa ofrece servicios de trading, y aparentemente recaudó inversiones de distintas personas, de diferentes provincias de Argentina, siendo Catamarca, Tucumán y Córdoba, ofreciendo a los usuarios recompensas exorbitantes que nunca se cumplieron. Al cabo de poco tiempo, los usuarios decidieron reaccionar y llevar a cabo denuncias judiciales.
El aparato judicial actuó de manera sumaria, a través de un juicio ejecutivo, investigó a la empresa y consecuentemente ordenó el embargo de la cuenta del responsable principal de la empresa, como también prisión preventiva. Dicha medida fue tomada desde el Juzgado Civil de Tucumán, a raíz de un pagaré ejecutable que entregó la empresa a uno de los usuarios, solicitando por oficio, y notificando al Exchange Binance vía email, para que procedan a dar cumplimiento con la cautelar y depositar determinada cantidad de dólares a fin de solventar a los usuarios que fueran estafados, como también los costos derivados de la justicia.
Binance se ha expedido al respecto, y recalcó su deber de compromiso para la protección de los usuarios, como así también la colaboración que ejercerá para las autoridades locales cuando así lo requieran. Todo esto con el fin de cumplir con la ley, y evitar estafas a usuarios o actividades fraudulentas.
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