Luego de su aprobación por parte de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y su publicación en Gaceta Oficial, la nueva “Ley Antibloqueo” de Nicolás Maduro, menciona el uso de las criptomonedas como un instrumento para la “diversificación de mecanismos financieros”
La nueva ley con carácter Constitucional aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente, órgano parlamentario paralelo al servicio de Nicolás Maduro, se publicó recientemente en Gaceta Oficial de Venezuela, con una serie de iniciativas que brindan aún más atribuciones a Maduro para crear y acceder a mecanismos por encima de la Constitución Nacional, bajo la premisa de enfrentar “medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas, emanadas o dictadas por otro Estado o grupo de Estados”.
En otras palabras, la Ley Antibloqueo llega como una respuesta elaborada a las sanciones establecidas desde la administración del presidente Donald Trump en Estados Unidos, que afecta a individuos, empresas e instituciones estatales en Venezuela que tengan participación ilícita ante las autoridades del país norteamericano, con riesgo de sanción además para cualquier empresa o particular que tenga vínculos con Maduro o su ecosistema, que han visto mermadas sus fuentes de financiamiento basadas en los recursos del Estado venezolano.
Entre otras consideraciones, Maduro anunció la ley antes de entregarla a la ANC, como una herramienta que le permitiría promover el uso de las criptomonedas “tanto públicas, como estatales o privadas”, al igual que la moneda digital centralizada, Petro, para el comercio tanto a nivel interno en Venezuela como en el plano internacional. Asimismo, Maduro aseguró días después, que con la aprobación de la ley podría acceder a recursos y herramientas de financiación “a través de distintas criptomonedas, a través de la combinación de esas criptomonedas, a través del Petro”.
La aprobación de la ley transcurrió entre oscurantismo, poca claridad y fuertes cuestionamientos incluso desde sectores históricamente adeptos al chavismo, mientras que la publicación en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.583, legalizó el instrumento que ubica a las criptomonedas en uno de sus artículos, aunque no menciona directamente al Petro en ninguna de sus disposiciones.
Revisando la Gaceta Oficial, que contiene la Ley Antibloqueo, el documento menciona en el Artículo 32, con un subtitulado llamado “Diversificación de mecanismos financieros”, dentro de las consideraciones económicas que:
A los fines de proteger las transacciones que involucren activos financieros de la República y sus entidades, el Ejecutivo Nacional podrá autorizar la creación e implementación de cualquier mecanismo financiero que permita mitigar los efectos de las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas que motivan esta Ley Constitucional, incluyendo el uso de criptoactivos e instrumentos basados en la tecnología de cadena de bloques
Esta es directamente la única mención que tienen las criptomonedas dentro de la ley, mientras que el impulso del Petro que se había dispuesto en antiguos decretos y mandatos de Maduro, esta vez no contó con una mención explícita, aunque tomando en cuenta la narrativa de sus impulsores, la categoría de “instrumentos basados en la tecnología de cadena de bloques”, podría guardar espacio para la moneda digital centralizada, pese a que su naturaleza es desconocida y su control bastante más alejado de lo que representa una blockchain vinculada a un criptoactivo.
Sin embargo, Maduro igual sigue presentando iniciativas de vínculo económico para el Petro dentro del sector agrícola e inmobiliario en Venezuela, mientras que el banco estatal más grande del país, el Banco de Venezuela, anunció la opción de compra del Petro a través de sus taquillas y plataforma en línea, más no la posibilidad de venta de la moneda digital, aun cuando existente una amplia mayoría de personas que desde diciembre del 2019, no han logrado utilizar la bonificación de medio petro (0.5 PTR) que fue asignada para millones de trabajadores dentro del sector público y pensionados de la tercera edad.
Por otro lado, la ley levanta las mismas dudas o muchas más que antes, relacionadas a cómo Maduro podrá incentivar el uso de las criptomonedas dentro del espacio nacional y para el comercio internacional, aunque según el texto empleado para hacer referencia a las mismas en el Artículo 32 de la ley, resulta más alineado con la mención que hacía Maduro días atrás de las criptomonedas como un instrumento de acceso financiero alternativo ante el limitado acceso a dólares o euros. De igual forma, dudas también quedan con respecto al Petro, que aún no ha logrado involucrar directamente en la economía venezolana como lleva intentando desde hace meses, donde los experimentos no han dejado más que incógnitas y desconfianza sobre la moneda digital.
Recientemente, la idea de que Maduro esté utilizando criptomonedas en Venezuela para actividades ilícitas y escapar de las sanciones, ya fue sugerida por el Comando Sur de Estados Unidos, cuyo líder, el Almirante Craig Faller, afirmó que el 60% de las criptomonedas del mundo se encontraban en la región, y que esto además tenía estrecha relación con Venezuela y Maduro.
Gaceta Oficial N° 6.583 Extraordinario
Fuente de la imagen: Nicolás Maduro en Twitter
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