Se presenta una nueva situación en España, un control del estado sobre las criptomonedas, especialmemte para las empresas e inversionistas.
En el día de ayer, lunes 31 de enero del 2022 se presentó el Plan español Anual de Control Tributario y Aduanero y mediante el mismo se estableció que las empresas e inversionistas ligados a bitcoin (BTC) en el país tendrán que informar sobre sus tenencias y movimientos al Estado «previsiblemente» éste mismo año, según la ordenanza estatal.
A través de la presentación del plan anual, se dió a conocer que el gobierno de España tiene la intención de desarrollar este año 3 modelos informativos de Hacienda sobre criptomonedas (bitcoin y criptomonedas en general), los cuales están amparados en la Ley 11/2021.
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Proximamente en España, informar sobre criptomonedas será obligatorio.
Los modelos informativos son el 721, 172 y 173 ya reportados previamente por Hacienda, establecen medidas que obligan a informar sobre activos digitales.
- El modelo 172 obliga a informar sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales.
- El modelos 173 obliga a informar sobre todas las operaciones que ejecute una empresa ligada a bitcoin dentro de España, incluso transferencias, permuta y adquisicones.
- Y por último, el modelo 721 obliga a declarar sobre las tenencias de criptomonedas en exchanges extranjeros que sean superiores a los 50.000 euros (EUR).
En el documento presentado, el gobierno español precisa que dentro del 2022 se realizará también el primer llamado a declarar ante la Agencia Tributaria sobre las tenencias y movimientos de activos digitales, a través de los citados modelos.
El objetivo del gobierno es sistematizar la información obtenida sobre la tributación. Entre los fundamentos citados en el documento, el gobierno español expresa:
“La Agencia Tributaria, desde hace varios ejercicios, viene trabajando en mecanismos tales como la implantación de libros registro estructurados de IRPF e IVA de forma predefinida que permitan una gestión más sencilla de las obligaciones tributarias, la prohibición del uso de sistemas de procesamiento de la información empresarial que permitan la ocultación de las ventas verdaderas de una actividad, o la atención específica a la actividad de las plataformas de Internet dedicadas a la intermediación o venta directa de bienes o servicios.
La actividad digital y el comercio electrónico son, en definitiva, ámbitos emergentes de actuación sobre los que combinar los mecanismos ya citados en estas directrices como: la obtención de información, la sistematización y análisis de la misma, la ejecución de actuaciones específicas o el impulso de la colaboración nacional e internacional para actuar sobre un mundo, el digital, en constante proceso de cambio y evolución.
El economista tributario José Antonio Bravo explicó al repecto que se «potenciará» la petición de datos fiscales inherentes al impuesto sobre la renta, como así también los avisos por haber realizado operaciones con monedas virtuales y criptomonedas y advierte a los usuarios españoles de criptomonedas, ésto es un «ojo avizor», o sea, a estar atentos!
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