El creciente uso de las criptomonedas en Argentina ha generado no solo interés por parte de inversores y usuarios, sino también la necesidad de claridad sobre cómo deben declararse estos activos digitales. La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) ha publicado un informe que especifica cómo y cuándo corresponde declarar los criptoactivos y cuáles son los impuestos que los afectan. En este artículo, explicaremos lo que dice la AFIP sobre la tributación de criptomonedas y criptoactivos, desglosando las normativas vigentes y cómo aplican a los contribuyentes, sean personas físicas o jurídicas.
El auge de las criptomonedas en Argentina
Argentina ha visto un crecimiento acelerado en el uso de criptomonedas como una forma de resguardar valor frente a la inflación y las restricciones cambiarias. Con esta popularización, el ente fiscal del país, la AFIP, ha puesto atención en la forma en que los argentinos manejan y declaran sus criptoactivos para asegurar que las transacciones y tenencias se encuentren dentro de la normativa fiscal.
La posición de la AFIP sobre las criptomonedas
El informe de la AFIP deja en claro que las ganancias obtenidas de la venta o intercambio de criptoactivos están sujetas a tributación bajo el Impuesto a las Ganancias. No importa si la venta se realiza en una plataforma de intercambio o entre particulares; los resultados deben ser declarados, y la forma de hacerlo dependerá del tipo de contribuyente y de si la renta es de fuente argentina o extranjera.
Impuestos que aplican a las criptomonedas en Argentina
Existen tres impuestos principales que podrían aplicarse a los criptoactivos en Argentina, según lo detallado por la AFIP:
- Impuesto sobre los Bienes Personales: Aplica sobre los criptoactivos en posesión al 31 de diciembre de cada año, los cuales deben ser declarados como parte del patrimonio.
- Impuesto a las Ganancias: Grava las ganancias generadas por la venta o enajenación de criptomonedas.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): Si bien no siempre es aplicable, en ciertos casos específicos donde se realicen operaciones comerciales con criptomonedas, podría gravarse.
Impuesto a las Ganancias: ¿Cómo tributan las ganancias de criptoactivos?
Uno de los puntos más importantes en el informe de la AFIP es cómo tributar las ganancias obtenidas por la venta o intercambio de criptomonedas. Dependiendo del tipo de contribuyente, las normas varían:
Personas humanas y sucesiones indivisas
Para quienes no operan bajo el régimen de una empresa o explotación unipersonal, las ganancias obtenidas se consideran rentas de segunda categoría. Aquí es clave la diferencia entre fuente argentina y extranjera:
- Rentas de fuente argentina: Se aplicará el impuesto cedular, con una alícuota del 5% o 15%, dependiendo de si la transacción se realiza en pesos sin ajuste o en moneda extranjera.
- Rentas de fuente extranjera: La alícuota aplicable en todos los casos es del 15%.
Además, las personas humanas pueden deducir el costo de adquisición de los criptoactivos, las comisiones aplicadas y la deducción especial del periodo fiscal correspondiente. Esto puede ayudar a reducir la base imponible sobre la cual se aplicará el impuesto.
Personas jurídicas
Para las empresas y demás sujetos definidos en el artículo 53 de la ley, las ganancias se gravan a la tasa progresiva establecida en el artículo 73 del Impuesto a las Ganancias, que varía según las ganancias netas acumuladas en el período fiscal.
¿Qué pasa con las pérdidas en criptomonedas?
Otro aspecto importante que aborda la AFIP es el tratamiento de las pérdidas obtenidas por la enajenación de criptoactivos. Si al vender criptomonedas se genera una pérdida (quebranto), esta podrá compensarse únicamente con futuras ganancias obtenidas por el mismo tipo de operación, es decir, con la venta de otros criptoactivos.
En caso de que la pérdida provenga de fuente extranjera, solo podrá compensarse con ganancias de la misma fuente. Esta compensación puede realizarse en el mismo ejercicio fiscal o en los cinco años siguientes.
¿Se grava la valorización de criptomonedas?
Un punto clave para muchos inversores es si el aumento en el valor de sus criptomonedas está sujeto a impuestos. La AFIP aclara que para personas humanas o sucesiones indivisas no constituidas como empresas, las ganancias por valorización (diferencias en cotización) no están gravadas en el Impuesto a las Ganancias. Es decir, si el valor de Bitcoin o cualquier otra criptomoneda sube mientras está en tu billetera virtual, no tendrás que pagar impuestos por ese incremento, a menos que lo vendas.
Por el contrario, para las personas jurídicas, tanto las ganancias por valorización como las pérdidas están sujetas a impuestos, gravándose bajo las normas del artículo 73.
Rendimientos de criptoactivos depositados en plataformas de Exchange o DeFi
Los rendimientos generados por la tenencia de criptoactivos en plataformas de intercambio (Exchange) o en protocolos de finanzas descentralizadas (DeFi) también están gravados. Para las personas humanas, dichos rendimientos se consideran renta de segunda categoría y deben ser declarados en el año en que se cobren, acrediten o reinviertan. En el caso de las empresas, deben declararse en el ejercicio en que se devenguen, independientemente de cuándo se perciban.
La minería de criptomonedas: ¿Está gravada?
Sí, la minería de criptomonedas también está gravada en el Impuesto a las Ganancias. Cualquiera que realice esta actividad, ya sea de forma individual o a través de una empresa, debe declarar los ingresos obtenidos por la recompensa de minería bajo el protocolo Prueba de Trabajo (PoW). Si la minería se realiza en Argentina, los ingresos serán considerados de fuente argentina; si se realiza en el extranjero, serán de fuente extranjera.
Conclusión
El informe de la AFIP brinda claridad sobre cómo se deben declarar y tributar los criptoactivos en Argentina. Con la creciente adopción de criptomonedas en el país, es esencial que los contribuyentes, tanto personas humanas como jurídicas, comprendan sus obligaciones fiscales para evitar sanciones. Desde el Impuesto a las Ganancias hasta el tratamiento de pérdidas y valorizaciones, el régimen impositivo para criptoactivos en Argentina tiene características específicas que requieren atención.
Si bien el uso de criptomonedas ofrece ventajas para los inversores, es crucial mantenerse al tanto de las normativas fiscales vigentes para cumplir correctamente con la ley.
FAQs
- ¿Debo declarar todas las criptomonedas que poseo?
Sí, las criptomonedas deben ser declaradas en el Impuesto sobre los Bienes Personales si forman parte de tu patrimonio. - ¿Qué sucede si no declaro mis criptoactivos?
No declarar los criptoactivos puede conllevar sanciones y multas impuestas por la AFIP. - ¿Todas las ganancias por la venta de criptoactivos están gravadas?
Depende. Para las personas humanas, las ganancias pueden estar gravadas a tasas del 5% o 15%, según la moneda de la transacción. - ¿Qué ocurre si tengo pérdidas en criptomonedas?
Las pérdidas podrán compensarse únicamente con ganancias futuras obtenidas por la venta de otros criptoactivos. - ¿Se grava el aumento de valor de las criptomonedas?
No, el aumento de valor no está gravado para las personas humanas hasta que se realice la venta del activo.
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