El gobierno de Cuba, más específicamente su Banco Central (BCC) autorizó el uso de criptomonedas en su sistema bancarios para personas naturales y jurídicas, y emitirá licencias para proveedores de activos virtuales, según se anunció el martes 26 de abril.
De acuerdo a la Resolución 89/2022 del Banco Central de Cuba (BCC), la licencia estará disponible para personas naturales y personas jurídicas, tanto cubanas como extranjeras. El Banco Central dará los lineamientos para autorizar, supervisar el funcionamiento,regular y cancelar las licencias a todos aquellos que operen dentro del territorio cubano.
Las licencias que sean aprobadas tienen un año de vigencia, prorrogables a un segundo año, debido al “carácter experimental y novedoso de este tipo de actividad”.
Los proveedores sólo operarán con activos virtuales autorizados por el BCC, sin revelar detalles adicionales. Según la definición del BCC, aclara que los activos virtuales:
No incluyen las representaciones digitales de moneda fiduciaria, valores y otros activos financieros de amplio uso en los sistemas bancarios y financieros tradicionales, que están regulados en otras disposiciones del Banco Central de Cuba
Banco Central de Cuba
Los pasos para solicitar la licencia depende de quien lo solicite, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la entidad bancaria cubana. Las personas naturales que tenga licencia o no para operar con criptomonedas en otra jurisdicción donde tenga domicilio social, deben solicitar el permiso para operar dentro de Cuba. Aplica de igual forma para quienes residan en Cuba, aunque tengan permiso para operar con cripto en otro territorio.
En el caso de las personas jurídicas que tengan su domicilio en otra jurisdicción, deben solicitar la licencia del BCC para operar dentro de la isla, aunque “excepcionalmente y por interés estatal” se puede obviar este requisito si ya poseen autorización fuera de Cuba.
La resolución del BCC no da señales claras de cómo el gobierno de Cuba impondrá impuestos a este tipo de actividades.
Para emitir la licencia el BCC el plazo de entrega de la misma no excederá de 90 días hábiles luego de la recepción de la documentación requerida, previa consulta con un “Grupo de Criptoactivos”. La medida entrará en vigor el 16 de mayo de 2022.
Respecto a las sanciones, el BCC dictaminó que todos aquellos licenciatarios que violen la Resolución serán juzgados bajo el Decreto 363, que establece las infracciones administrativas a las disposiciones bancarias y financieras.
El programador cubano Erich García Cruz calificó de “trascendental” la medida gubernamental:
En el mes de agosto de 2021 el BCC emitió una resolución en la que estableció reglas para regular el uso de activos virtuales en transacciones comerciales y licencias de proveedores de servicios en ese rubro. En esa oportunidad se otorgaban licencias a “proveedores de servicios de activos virtuales para operaciones relacionadas con actividades financieras, cambiarias y de cobro o pago, en y desde el territorio nacional”.
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Han habido varios intentos de la población cubana para operar con activos virtuales, como es el caso del jóven Osmar Segura Sánchez, quien abrió en la población de Santiago de Cuba la primera cafetería que acepta pagos en Bitcoin.
Imagen Principal: Cortesía Pixabay–La Habana, Cuba.
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